Después de “siete semanas de años, siete veces siete años”, venía el gran año de la remisión, el año del jubileo. «Entonces haréis pasar la trompeta de jubilación… por toda vuestra tierra. Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra a todos sus moradores; este os será jubileo; y volveréis cada uno a su posesión, y cada cual volverá a su familia». Levítico 25:8-10 .
“En el mes séptimo a los diez del mes; el día de la expiación”, sonaba la trompeta del jubileo. Por todos los ámbitos de la tierra, doquiera habitaran los judíos, se oía el toque que invitaba a todos los hijos de Jacob a que saludaran el año de la remisión. En el gran día de la expiación, se expiaban los pecados de Israel, y con corazones llenos de regocijo el pueblo daba la bienvenida al jubileo.
Como en el año sabático, no se debía sembrar ni segar, y todo lo que produjera la tierra había de considerarse como propiedad legítima de los pobres. Quedaban entonces libres ciertas clases de esclavos hebreos: todos los que no obtuvieron su libertad en el año sabático. Pero lo que distinguía especialmente el año del jubileo era la restitución de toda propiedad inmueble a la familia del poseedor original. Por indicación especial de Dios, las tierras habían sido repartidas por suertes. Después de la repartición, nadie tuvo derecho a cambiar su hacienda por otra. Tampoco debía vender su tierra, a no ser que la pobreza le obligara a hacerlo, y aun en tal caso, en cualquier momento que él o alguno de sus parientes quisiera rescatarla, el comprador no debía negarse a venderla; y si no se redimía la tierra, debía volver a su primer poseedor oa sus herederos en el año de jubileo.
El Señor declaró a Israel: “La tierra pues no podrá venderse en perpetuidad; porque mía es la tierra; pues que vosotros sois extranjeros y transeúntes para mí”. Levítico 25:23 (VM). Debía inculcársele al pueblo el hecho de que la tierra que se le permitía poseer por un tiempo perteneciente a Dios, que él era su dueño legítimo, su poseedor original, y que él quería que se le diera al pobre y al menesteroso una consideración especial. Debía hacerse comprender a todos que los pobres tienen tanto derecho como los más ricos a un sitio en el mundo de Dios.
Tales fueron las medidas que nuestro Creador misericordioso tomó para aminorar el sufrimiento e impartir algún rayo de esperanza y alegría en la vida de los indigentes y angustiados (Historia de los patriarcas y profetas, pp. 573-575).
Notas de Elena G. White para la Escuela Sabática 2025.
4to. Trimestre 2025 «LECCIONES DE JOSÚE ACERCA DE LA FE»
Lección 9: «HEREDEROS DE LAS PROMESAS, CAUTIVOS DE LA ESPERANZA»
Colaboradores: Xiomara Moncada y Karla González
